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Derecho mercantil en Burgos

Quiénes somos

Notaría Gamonal es un despacho profesional situado en Burgos que a diario trata y resuelve, de manera continua, las necesidades jurídicas planteadas por los ciudadanos. Éstas pueden ser de muy diversa índole, en la mayoría de los casos tienen que ver con el derecho mercantil o civil.

En la notaría:

  1. Se prepara la documentación para un proceso de adopción, emancipación antes de la mayoría de edad, capitulaciones matrimoniales, compraventas, préstamos, pólizas bancarias, etc.
  2. Desde el 01 de agosto del 2015, se preparada documentación prevista en la Ley de Jurisdicción voluntaria 15/2015, para realizar matrimonios, separaciones, divorcios, declaración de herederos de colaterales, etc.

Para el desarrollo de nuestra labor profesional, el despacho organiza un equipo de personas dirigido por un notario, que es la figura que lo caracteriza y diferencia de los de otros profesionales del derecho por su condición añadida de funcionario público.

Esta dualidad en la figura del notario explica que, como profesional del derecho, asesore de manera imparcial a sus clientes y les aconseje los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines que se proponen alcanzar, elaborando, creando y redactando el documento; y que, como funcionario público, controle la legalidad del acto o negocio en el que interviene, que por su actuación adquiere especiales efectos legales de fehaciencia, fuerza ejecutiva y seguridad jurídica. Es decir, no hay que demostrar nada para exigir que se cumpla lo pactado en el documento notarial.

También el notario tiene encomendada por el Estado la guarda de todos los documentos que autoriza y su retribución se fija también por el Estado, a través de un arancel único para toda España. Esta forma de retribución y el derecho que cualquier ciudadano tiene a elegir libremente al notario, garantizan su imparcialidad como pieza fundamental del sistema.

Para solicitar la prestación de cualquiera de esos servicios a un notario:

 

  • Obligación de identificarse. Dado los efectos especiales del documento notarial, el firmante debe identificarse ante el notario con cualquiera de los dos siguientes documentos originales: D.N.I. o pasaporte. Además, si se trata de una persona no residente en España, deberá exhibir su N.I.E (número de identificación de extranjeros).
  • Poderes. Si se actúa en nombre de otra persona, se debe ir provisto del original del poder notarial o del documento del que emane la representación.
  • Capitulaciones matrimoniales. Si algún firmante tiene otorgadas capitulaciones matrimoniales pactando un régimen económico, debe aportar la copia autorizada de las mismas.

 

Los originales de las escrituras y actas notariales quedan incorporados en el protocolo y custodiados por el notario en la misma oficina notarial durante veinticinco años; pasados esos veinticinco años, la custodia se encomienda al notario-archivero de cada distrito notarial (nombramiento que recae en un notario en activos de dicho distrito).

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Solicite más información llamando al 947 750 000